martes, 7 de junio de 2016


CUIDADO CON DECISIONES APRESURADAS


El POT de Pereira fue revisado a finales del año pasado y adoptado mediante el Acuerdo 028/15. Este Acuerdo, demandado por lo que se consideraron vicios de trámite, se encuentra suspendido.

He conocido que la administración del Alcalde Gallo planea someter a consideración del Concejo Municipal el mismo texto, sin ninguna variante.  La teoría que subyace a esta decisión es que, al no modificar nada del Acuerdo originalmente aprobado, no se requerirá surtir el trámite de concertación.

A este respecto quiero llamar la atención sólo sobre dos puntos. 

El POT aprobado el año pasado no contempla los proyectos del plan de desarrollo de la nueva administración.  Un ejemplo claro es el del cable aéreo. Cabe recordar que la revisión del POT que se realizó en el año 2006 se motivó, fundamentalmente, en la implementación del sistema de transporte masivo que, obviamente, cambiaba toda la estrategia de ocupación del territorio. Situación similar sucede ahora con el cable aéreo, y no es el Concejo Municipal la instancia para incluir, a las trochas y a las mochas, el proyecto en el nuevo POT.

Adicionalmente, he oído de las teorías de algunos abogados que mencionan la expresa prohibición de la ley de tramitar actos administrativos iguales a otros que se encuentran sometidos a medidas judiciales, como es el caso del Acuerdo suspendido.  De ser así, y resultar aprobado el mismo texto del Acuerdo demandado, se abriría la posibilidad para nuevas demandas.  

Sinceramente, no aparecen claros los motivos de la premura de la administración municipal, ya que los acuerdos anteriores están vigentes, son funcionales, y, por lo tanto, no existe ausencia de legislación pertinente al ordenamiento territorial municipal.

Otro aspecto en el que la administración tiene urgencia, esta sí comprensible, es en el del control físico urbano. Pero, en virtud de esta premura no se pueden tomar decisiones equivocadas. 

He tenido noticia de que se pretende realizar un convenio con la Sociedad de Ingenieros para que esta asuma el control físico. Grave error.  La AIR, que es una entidad con toda la idoneidad para muchas labores, tiene respecto de esta, específicamente, serios conflictos de intereses: los ingenieros agremiados, o son constructores, o son consultores de los constructores. Una cosa no se puede independizar de la otra, y la AIR terminaría, inevitablemente, siendo juez y parte.

Hay que recordar el viejo adagio: de las carreras, no queda sino el cansancio. Mejor será tomarlo con calma y evaluar estos temas con mayor detenimiento.





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